A continuación aparecen algunos fragmentos de la obra Orden de Predicadores de Francisco de Vitoria:

“El derecho de gentes no sólo tiene fuerza por el pacto y convenio de los hombres, sino que tiene por sí mismo fuerza de ley, Y es que el orbe todo, que en cierta manera forma una república, tiene poder de dar leyes justas y a todos convenientes, como son las del derecho de gentes. De donde se desprende que pecan mortalmente los que violan los derechos de gentes, sea de paz, sea tocantes a la guerra. Y en los asuntos graves, como en la inviolabilidad de los legados, ninguna nación puede darse por no obligada por el derecho de gentes, pues éste viene conferido por la autoridad de todo el orbe.”

“Los indios tienen sus derechos a permanecer en su religión y a que nadie los coaccione físicamente para abrazar una fe distinta”.

“ El hombre tiene por naturaleza un derecho de sociabilidad y comunicabilidad natural, por el que puede recorrer las diversas regiones de la tierra y permanecer algún tiempo en ellas, sin que ninguna autoridad pueda impedírselo, si no causa perjuicio a esas regiones o a sus habitantes”.

“El hombre tiene derecho al libre comercio, es decir, a comerciar con otros hombres, aunque pertenezcan a una región o sociedad distintas de la suya, siempre que no haya perjuicio para éstas o para sus individuos”.

“El hombre tiene derecho a la ciudadanía y al domicilio en una ciudad o país por razón de su nacimiento o de haber tomado consorte en él o por otras razones o costumbres por las que los hombres suelen hacerse ciudadanos; este derecho nadie puede impedírselo, con tal que no sólo goce de los privilegios, sino que también soporte las cargas, que sean comunes a los otros ciudadanos”.