Vista de la ciudad de Sevilla desde el puerto, óleo atribuido a Sánchez Coello, siglo XVI. Museo de América, Madrid.

Una ordenanza del 14 de febrero de 1503, que organizaba en Sevilla la Casa de Contratación, decretaba la obligación de que todos los barcos procedentes de las colonias utilizaran sólo el puerto de Sevilla. La Casa de Contratación, que dependía de la Corona, controlaba las flotas, los cargamentos y a todos aquellos que participaban en el comercio y la colonización. Se establecía así el monopolio sevillano sobre el comercio de las Indias y el derecho exclusivo de Castilla en la relación con los nuevos descubrimientos. Sevilla se convirtió en un motor económico para el resto de Castilla. El aceite y el vino de Andalucía, la lana castellana y los productos metalúrgicos y los barcos del País Vasco salían de Sevilla hacia un mercado americano que los absorbía rápidamente; y el afán de riqueza, de hecho se formaron ingentes fortunas gracias al comercio indiano, estimuló a los comerciantes e hizo que aumentara su número y que emprendieran aventuras espectulativas más arrriesgadas. [...] Defender el monopolio colonial era primordial y se hacía por medio del control administrativo, con el registro exacto a la ida y a la vuelta de cada barco, la compañía y el cargamento.

Historia Ilustrada de España, vol. 4.: Monarquía e Imperio, siglos XV-XVI. Juan Reglá Campistol, ed. Barcelona: Debate, 1997. p. 70-71.